El pasado 23 de agosto de 2022, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones.
Dicho reglamento, tiene como objetivo vigilar el cumplimiento de la Ley Federal del Trabajo, así como aplicar las sanciones correspondientes por la violación a la legislación.
Después de una auditoria en los centros de trabajo, si existe alguna violación, se procede a emitir una notificación con las respectivas irregularidades, dependiendo de la irregularidad, es el plazo que la ley te proporciona para cumplir con la legislación, de no ser así, las autoridades correspondientes se encargan de sancionarte con una multa.
Además, se añaden aclaraciones y modificaciones para el proceso de cumplimiento y corrección de irregularidades en los centros de trabajo, así como la imposición de multas y los plazos para cumplirlas.
Los inspectores de trabajo tienen la obligación de llevar a cabo las inspecciones conforme a las normas aplicables, por otro lado, el patrón está obligado a permitir el acceso al inspector y proporcionarle todo tipo de facilidades y apoyos que requiera para llevar a cabo la visita correspondiente.
Una de las modificaciones a este apartado del reglamento es que ahora no existe reprogramación de visitas, en caso de que no se encuentre el patrón, debe de atender el representante o aquella persona responsable en el momento.
Es indispensable que se lleve a cabo la inspección cuando se le solicita al patrón, en caso de negarse, se someterá directamente al procedimiento de sanciones y multas, esto debido a que se toma como incumplimiento a todas las normatividades que debe cumplir la empresa.
-El primer plazo es aplicable en la cuestión administrativa y corresponde a un periodo de 5 días hábiles, otorgado al patrón cuando se trata de incumplimientos documentales.
-El segundo es un plazo no mayor a 30 días hábiles, aplicable en las materias generales del trabajo y capacitación general, como infraestructura, señalamientos, herramientas, accesibilidad, etcétera.
Esto dependiendo de la rama industrial y el giro de la empresa.
Los plazos mencionados ya estaban establecidos, la diferencia en la modificación es que sin excepción deberás atender las irregularidades durante el lapso establecido.
Sólo se otorgará prórroga cuando los incumplimientos señalados sean a causa de una fuerza externa a la empresa, de no ser así, la empresa se vinculará al procedimiento de aplicación sanciones y multas.
Si estas sometido a un proceso de sanciones y multas por algún incumplimiento a la normatividad, estás sujeto a una segunda inspección para la revisión del cumplimiento de la legislación.
Por otro lado, se les otorga la facultad a los inspectores de aplicar medidas precautorias en los centros de trabajo si durante su inspección se detecta alguna situación de peligro o riesgo inminente, con la finalidad de proteger la vida, la integridad física y la salud de los trabajadores.
Cuando las emergencias o contingencias sanitarias sean declaradas como de peligro, y se apliquen medidas precautorias, la manera de defender este tipo de situaciones debe ser de manera inmediata para conveniencia de la empresa debido a la dificultad de defender situaciones de este tipo ante las autoridades.
Es indispensable en una empresa al conocimiento de las normas laborales y, además…
La normatividad aplicable para la relación obrero-patrón es muy amplia y subjetiva, por lo que la inobservancia de ésta puede ocasionar multas elevadas y, en casos extremos, la clausura de la empresa.
Al asegurarte de que tu empresa cumple con todos los requisitos y legislaciones de trabajo, y conocer tus derechos y obligaciones con el Estado y con tus trabajadores, elimina cualquier riesgo de sanción.
La mejor opción para asegurarte de ello es contar con una asesoría eficaz, que te brinde la orientación y el soporte necesario en el aspecto jurídico laboral, con la finalidad de proteger a tus empleados y los intereses de tu empresa.
Referencias
Juárez López, J. High Rinse. Cambios en el Reglamento General de Inspección y Aplicación de Sanciones. 25 de agosto de 2022.
DECRETO por el que se Reforman, Adicionan y Derogan Diversas Disposiciones del Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones. DOF: 23/08/2022
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