¿Cómo pagar el descanso obligatorio laborado?

¿Cómo pagar el descanso obligatorio laborado?

De acuerdo al artículo 73 de la Ley Federal de Trabajo, los empleados no están obligados a prestar sus servicios en día de descanso, si se llegarán a laborar, se deberá pagar su salario normal por el día más un pago doble por el concepto de descanso laborado. 

Según el artículo 74 de la Ley Federal de Trabajo, los descansos obligatorios son:

  • El 1o. de Enero
  • El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero
  • El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo
  • El 1o. de mayo
  • El 16 de septiembre
  • El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre
  • El 1o. de octubre que es la transmisión del Poder Ejecutivo Federal, que se actualizo en el 2014, anteriormente era el 1º. de diciembre de cada seis años
  • El 25 de diciembre
  • El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

 

Eventualmente se añaden algunas fechas de descanso obligatorio como el pasado Domingo 02 de junio, debido a la Jornada Electoral.

 

Si el empleado se presentó a laborar, aunado al pago por descanso obligatorio, se le estaría pagando la prima dominical.

¿No tienes tiempo para revisar todas las normas y realizar los cálculos necesarios? Delega las tareas relacionadas con tu capital humano. Te ayudamos: info@integrach.com 

Autora

Azeneth B. López Martínez

Asesora

Asesora en Gestión de Talento en Intégra Capital Humano.

Artículos recomendados

COMUNICADO OFICIAL ICH

Tras el reporte de algunos usuarios, detectamos la promoción NO AUTORIZADA de vacantes, utilizando indebidamente nuestra marca para atraer personas a ofertas de trabajo falsas. Los servicios de ICH dirigidos a personas en búsqueda de trabajo son totalmente gratuitos por lo que si te solicitan dinero para revisión de documentos o algún tipo de investigación CUIDADO es probable que estes ante un fraude y te invitamos a reportarlo.  

 

En Intégra Capital Humano, somos transparentes de inicio a fin con nuestros candidatos y clientes. Así mismo, verificamos que nuestros clientes cumplan con los requisitos mínimos de ley para brindarles el servicio de reclutamiento.
 
¡QUE NO TE ENGAÑEN!
 

Si tienes dudas de alguna vacante publicada, puedes contactarnos en info@integrach.com.

Tras el reporte de algunos usuarios, detectamos la promoción NO AUTORIZADA de vacantes, utilizando indebidamente nuestra marca para atraer personas a ofertas de trabajo falsas. Los servicios de ICH dirigidos a personas en búsqueda de trabajo son totalmente gratuitos por lo que si te solicitan dinero para revisión de documentos o algún tipo de investigación CUIDADO es probable que estes ante un fraude y te invitamos a reportarlo.  

¡QUE NO TE ENGAÑEN!
 

Si tienes dudas de alguna vacante publicada, puedes contactarnos en info@integrach.com.